
UMAIP
L.A. Jorge Carlos Martin Rodríguez
Titular
- Horario: Lunes A Viernes de 8:00 a.m. A 2:00 p.m.
- Calle 51 S/N x 50 Y 52 Col.Centro
- Palacio Municipal, Planta Baja, en el área De Tesorería
- Teléfono: 01-986-86-3-46-05 Ext. 128
Es la Unidad Municipal de Acceso a la Información Pública en donde se establece un vínculo entre el ciudadano y el H. Ayuntamiento de Tizimín, garantizando el derecho a toda persona al acceso a la información pública.
Mision
Promover el acceso a la Información Pública Municipal que generen todos y cada uno de los departamentos u organismo de Gobierno Municipal, garantizando la veracidad de la información así como el cumplimiento de la Ley y difundiendo la cultura del acceso a la información, siendo el vínculo entre el H. Ayuntamiento de Tizimín y los ciudadanos en general.
Vision
Ser una unidad que genere absoluta confianza y que sea reconocida por todos los habitantes del municipio, como ejemplo en la promoción de la democracia, garantizando la transparencia en la gestión pública y la rendición de cuentas a los ciudadanos.
Valores
- Honestidad
- Legalidad
- Objetividad
- Eficiencia
- Respeto
- Transparencia
Funciones del Titular
Elaborar el manual de procedimiento para:
- Atender las solicitudes de acceso a la información pública, así como los formatos correspondientes.
- Atender las solicitudes de acceso y de corrección de datos personales, así como los formatos correspondientes.
- Recabar y difundir la información pública a que se refiere el artículo 19 de la ley de conformidad.
- Orientar a los particulares acerca de la información pública que solicitan.
- Realizar las notificaciones a los particulares, cuando sea necesario y según los procedimientos establecidos.
- Elaborar y publicar cada seis meses el índice de la información clasificada como reservada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la ley.
- Elaborar y mantener actualizado el Registro de solicitudes de Acceso a la Información Pública, de conformidad con lo dispuesto en la fracción VI del artículo 37 de la ley.
- Clasificar la información pública, reservada o confidencial de conformidad con lo establecido a la ley.
- Aplicar los criterios específicos en materia de clasificación y conservación de documentos administrativos.
- Organizar sus archivos de conformidad con los criterios establecidos por el Archivo General del Estado.
- Elaborar un programa para facilitar la obtención de Información Pública, y actualizarlo periódicamente.
- Elaborar un programa para difundir entre los Servidores Públicos del sujeto obligado, los beneficios del manejo público de la información y sus responsabilidades en el buen uso y conservación de la misma.
- Recopilar de las Unidades Administrativas del Ayuntamiento, la información pública a que se refiere el artículo 9 de la ley.
- Dar seguimiento al Convenio de Colaboración entre el INAIP y el H. Ayuntamiento para la difusión de la información pública a que se refiere el artículo 9 de la ley a través de la página de internet del instituto.
- Entregar mediante oficio al INAIP las actualizaciones que se realicen de la información antes mencionada.
- Recibir los Recursos de Inconformidad, según lo establecido en el convenio de colaboración entre el INAIP y el H. Ayuntamiento.
- Entregar al INAIP, mediante oficio los Recursos de Inconformidad recibido.
- Dar contestación a los requerimientos que realice el INAIP, como parte de los procesos o trámites de los Recursos de Inconformidad que fueran interpuestos por los solicitantes de la información.